Nuevas Políticas en Inmigración del Presidente Trump: Protéjase.

Por: Dobrina Dobreva Traducción. Itzel Vega

Abogada Dobrina Dobreva

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Fue una semana muy ocupada para el Secretario del Departamento de Seguridad Nacional del Presidente Trump John Kelly, quien firmó dos nuevos memorandums de aplicación de inmigración, cambiando el alcance de cómo se aplican las leyes de inmigración. La nueva guía reforzará significativamente las leyes de inmigración en relación con los inmigrantes indocumentados, los solicitantes de asilo, los menores no acompañados y los individuos que tienen un proceso de inmigración pendiente.

A. A continuación pueden verse los radicales cambios autorizados por John Kelly, y la Administración Trump:

1. Se ordena al Departamento de Aduanas y Protección Fronteriza que contraten a 5,000 agentes adicionales de la “Patrulla Fronteriza”, así como a 500 agentes y oficiales de “Aire y Marina”. Además, el ICE contratará a 10,000 nuevos oficiales adicionales.

2. El Departamento de Seguridad Nacional ya no eximirá a ciertas clases o categorías de extranjeros sujetos a deportación de su posible aplicación. Independientemente de la base de deportación. El Departamento deberá de dar prioridad a los extranjeros sujetos a deportación que:

i.. Hayan sido condenados por CUALQUIER delito penal;
ii. Hayan sido acusados ​​de CUALQUIER delito penal que NO ha sido resuelto;
iii. Hayan cometido actos que constituyen una ofensa criminal penalizada;
iv. Se hayan involucrado en fraude o han realizado una representación falsa deliberada en relación con cualquier asunto oficial ante una agencia gubernamental;
v. Han abusado de cualquier programa relacionado con la obtención de beneficios públicos;
vi. Están sujetos a la orden final de deportación pero no han cumplido con su obligación legal de salir de los Estados Unidos;
vii. A juicio de un oficial de inmigración representen un riesgo para la seguridad pública o la seguridad nacional.

3. Las nuevas directrices permitirán a la policía local (policía) funcionar como agentes del ICE y desempeñar funciones relacionadas con la detención de personas en las comunidades locales.

4. De acuerdo con las nuevas directrices, DACA no está suspendido (por ahora). Las personas pueden solicitar extensiones o presentar nuevas solicitudes. Sin embargo, si un individuo tiene antecedentes penales, él o ella estará sujeto a deportación.
5. El Departamento de Seguridad Nacional estará autorizado para recaudar multas y penalidades de individuos que no salgan bajo la salida voluntaria. Las multas actuales varían de $ 1,000 a $ 5,000. Además, el Departamento de Seguridad Nacional multará a personas que “faciliten la presencia ilegal de estas personas en los Estados Unidos”.

6. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza. Detendrá y deportará sin audiencia a quien esté indocumentado y no pueda probar en el momento de la detención que ha estado presente por más de dos años en los Estados Unidos.

7. Bajo las nuevas directrices, cualquier niño que llegue a los Estados Unidos para unirse a uno o ambos padres, ya no será considerado “menor no acompañado” y ya no será elegible para el beneficio como “Jóvenes inmigrantes especiales-SIJ.”

8. Las nuevas directrices autorizan al Departamento de Seguridad Nacional a acusar criminalmente a los padres de un menor traído ilegalmente a los Estados Unidos y a colocar a sus padres en procedimientos de deportación.

B. A la luz de la nueva guía de inmigración, es importante conocer sus derechos y prepararse usted y su familia. A continuación se presentan algunas sugerencias y pasos que cada inmigrante debe considerar:

1. Si usted es indocumentado y ha residido en los Estados Unidos por más de 2 años, debe recolectar pruebas que establezcan esa estadía. A falta de estas pruebas, bajo las nuevas directrices, usted puede ser deportado de los Estados Unidos sin una audiencia. Siempre debe llevar la evidencia con usted.

2. Si usted es indocumentado y ha residido en los Estados Unidos por más de 10 años, y tiene hijos, padres o un cónyuge que es un residente permanente o un ciudadano, podría ser elegible para solicitar la cancelación de la expulsión en los procedimientos de deportación.

3. No abra la puerta a los funcionarios del gobierno sin una orden judicial, firmada por un juez. Pída al oficial que ponga la orden bajo la puerta o que la sostenga a través de la ventana para que usted pueda revisarla.

4. Puede negarse a hablar con un agente de ICE. Usted no puede ser castigado por negarse a contestar preguntas. Si desea permanecer en silencio, dígale al oficial esto. Usted no tiene que contestar preguntas sobre dónde nació, si es ciudadano de los Estados Unidos o cómo entró al país.

5. Solicite hablar con un abogado.

6. Usted tiene derecho a hablar con un abogado y a hacer una llamada telefónica.

7. No firme ningún documento sin un abogado presente.

8. Asegúrese de hacer arreglos previos con un abogado y llevar su número de teléfono e información de contacto con usted en todo momento.

9. Hable con su familia y haga arreglos para sus hijos, padres y otros miembros de la familia en caso de que usted sea detenido. Haga planes de emergencia si tiene hijos o toma medicamentos.
10. Si usted es residente legal permanente (LPR o “tarjeta verde”), lleve consigo su “tarjeta verde” o “tarjeta de residencia permanente” en todo momento.

11. Si usted es ciudadano estadounidense, es recomendable que solicite una tarjeta de pasaporte y la lleve consigo en todo momento. Puede encontrar mayor información de como solicitarla en la siguiente liga. https://travel.state.gov/content/passports/en/passports/information/card.html
Teniendo en cuenta las políticas de reforzamiento de inmigración esbozadas en las nuevas directrices, se prevee que miles de familias e individuos se vean afectados. Con el fin de protegerse, es crucial que usted entienda sus derechos y las posibles opciones para usted (si existe algún recurso). Póngase en contacto con un abogado de inmigración experimentado, que pueda revisar su situación legal y le asesore apropiadamente.
DOBREVA Law Office
Celular. (214)609-0793
Oficina: (469)791-0470
www.dobreva@dobrevalaw.com

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