AVISO DEL IRS
En respuesta a la emergencia nacional y para proteger a nuestros empleados, los contribuyentes de los Estados Unidos, las comunidades y nuestros socios, el IRS cerró temporalmente todos los Centros de Ayuda al Contribuyente y descontinuó el servicio en persona en todo el país hasta nuevo aviso. El IRS continúa procesando declaraciones de impuestos, emitiendo reembolsos y ayudando a los contribuyentes en la mayor medida posible. Haga clic aquí para obtener más información sobre los cierres de los centros de ayuda al contribuyente.
Fecha límite de pago extendida hasta el 15 de julio de 2020
18 de marzo de 2020
El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos están brindando un alivio especial a las personas y empresas afectadas por la epidemia de COVID-19. La fecha de vencimiento para declaraciones de impuestos continúa siendo el 15 de abril de 2020. El IRS insta a los contribuyentes a quienes se les debe un reembolso a que presenten lo antes posible. Para aquellos que no pueden presentarla antes del 15 de abril de 2020, el IRS les recuerda a los contribuyentes individuales que todos son elegibles para solicitar una extensión de seis meses para presentar su declaración.
Este alivio de pago incluye:
Individuos: los plazos de pago del impuesto para declaraciones individuales, con una fecha de vencimiento del 15 de abril de 2020, se extienden automáticamente hasta el 15 de julio de 2020, por hasta $1 millón de su impuesto adeudado de 2019. Este alivio de pago se aplica a todas las declaraciones individuales, incluidas las personas que trabajan por cuenta propia y todas las entidades que no sean Corporaciones C, como fideicomisos o patrimonios. El IRS proporcionará automáticamente este alivio a los contribuyentes. Los contribuyentes no necesitan presentar ningún formulario adicional o llamar al IRS para calificar para este alivio.
Corporaciones: Para las Corporaciones C, los plazos de pago de impuestos se extienden automáticamente hasta el 15 de julio de 2020, por hasta $10 millones de su impuesto adeudado en 2019.
Este alivio también incluye los pagos de impuestos estimados para el año tributario 2020 que vencen el 15 de abril de 2020.
Las multas e intereses comenzarán a acumularse en los saldos pendientes de pago a partir del 16 de julio de 2020. Si presenta su declaración de impuestos o solicita una extensión de tiempo para presentarla antes del 15 de abril de 2020, automáticamente evitará intereses y multas sobre los impuestos pagados antes del 15 de julio.
El IRS les recuerda a los contribuyentes individuales que la manera más fácil y rápida de solicitar una extensión de presentación es presentar electrónicamente el Formulario 4868 a través de su profesional de impuestos, software de impuestos o del enlace de Free File en IRS.gov. Las empresas deben presentar el Formulario 7004.
Esta exención solo se aplica a los pagos del impuesto federal sobre (incluido el impuesto sobre el ingreso del trabajo por cuenta propia) que de otro modo vencen el 15 de abril de 2020, no los pagos de impuestos estatales o depósitos o pagos de cualquier otro tipo de impuesto federal. Los contribuyentes también deberán presentar declaraciones de impuestos en 42 estados más el Distrito de Columbia. Los plazos de presentación y pago estatales varían y no siempre son los mismos que el plazo de presentación federal. El IRS insta a los contribuyentes a consultar con sus agencias tributarias estatales para obtener esos detalles. Más información está disponible en https://www.taxadmin.org/state-tax-agencies.
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